Tras la solicitud de registro marcario presentada ante la SIC por la empresa Lu Pingguo S.A.S con el fin de identificar servicios de recolección y transporte de materiales producto de residuos electrónicos y tecnológicos comprendidos en la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza, la empresa Apple Inc, presentó oposición .
La opositora considera que, al haber registrado anteriormente su marca figurativa en la clase 9, 35, 38 y 42, existe una causal de irregistrabilidad a la luz del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, literales a) y h) que disponen:
Artículo 136: no podrán registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afectara indebidamente un derecho de tercero, en particular cuando:
a) Sean identicos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación.
b) Constituyan una reproducción, imitación, traducción, transliteración o transcripcion total o parcial, de un signo distintivo notoriamente conocido cuyo titular sea un tercero, cualesquiera que sean los productos o servicios a los que se aplique el signo, cuando su uso fuese susceptible de causar un riesgo de confusion o de asociacion con ese tercero o con sus productos o servicios; un aprovechamiento unjusto del prestigio del signo; o la dolución de su fuerza distintiva o de su valor comercial o publicitario.
Con lo cual, consideran que además del riesgo de confundibilidad, existe un aprovechameinto injusto del reconocimiento consolidado en la marca Apple.
Como respuesta, la empresa solicitante argumentó la existencia de muchos logotipos con manzanas en diferentes formas, “el signo que solicitamos es una manzana verde compuesta por elementos tecnológicos. El mensaje que quiere transmitir es el reciclaje como una esperanza verde para el planeta.”
Según Alex Sanabria, gestor de mercadeo de Lu Pingguo, el objetivo nunca fue aprovecharse el posicionamiento de Apple.
Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Dirección de signos distintivos decidió negar la solicitud presentada gracias a la similitud presente entre ambos signos, sumándole a ello el posible aprovechamiento de la notoriedad y reconocimiento de la marca de Apple. El consumidor podría pensar que el origen de los productos y servicios es el mismo.
“La Dirección de Signos Distintivos encontró que aunque existen diferencias, la parte gráfica de los signos es sobresaliente, y ambas incorporan la misma imagen de la manzana. De igual manera, también evidenciaron que conceptualmente hay similitudes que llevarían al público consumidor a creer que es una nueva marca de Apple. Además, la complementariedad entre los dos es directa. Si los dos signos coexistieran en el mercado generarían confusión.”
Por su parte, Lu Pingguo decidió rediseñar el logotipo, pues el fin de la empresa no es otro que la recolección de equipos con el objeto de evitar mayor contaminación ambiental.
Fuente: http://www.lapatria.com/economia/apple-se-queda-con-su-manzana-y-le-gana-la-pela-lu-pingguo-110376