“Los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes de obras musicales y de los productores de fonogramas de Reino Unido ya han sido ampliados de 50 a 70 años. Así lo anunció el gobierno del Estado británico el pasado 1 de noviembre, fecha en la cual terminaba el plazo de transposición de la Directiva 2011/77/UE, aprobada el 27 de septiembre de 2011.
En el transcurso de esta implementación, el legislador de Reino Unido, con el fin de dotar de transparencia al proceso, abrió un período de consulta de casi tres meses (desde el 7 de enero hasta el 4 de marzo de 2013) para que los agentes interesados pudiesen manifestar su opinión al respecto de este asunto concreto.
Dentro de las medidas establecidas en la Directiva 2011/77/UE, también se encuentra la armonización del plazo de protección de las obras musicales con letra, que quedarán protegidas durante el plazo de 70 años, contados a partir de la muerte del último de los co-autores.
Cabe mencionar que el contenido de la citada Directiva está incluido en el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Propiedad Intelectual española, si bien aún no existe certeza sobre el momento en que la nueva ley entrará en vigor, por lo que el Estado español ya ha infringido el Derecho comunitario al incumplir el plazo de transposición previsto en la norma europea.”