Con el fin de dar cumplimiento a normas de la Comunidad Andina de Naciones y Acuerdos Comerciales, el Gobierno Nacional expide el Decreto 1873 del 29 de septiembre de 2014, el cual compensara los tiempos de protección dados por la patente en caso de existir un eventual retraso injustificado en el trámite de concesión.

La compensación no será aplicada en aquellos inventos sobre productos farmacéuticos, por estar excluidos de este beneficio con base en normas comunitarias y acuerdos comerciales.

Según informa la entidad en su página oficial “La nueva norma evitará que la protección de las patentes de invención se vea afectada ante una posible demora en su entrega, y fija compensaciones en términos de tiempo para los inventores. Es decir, de llegarse a incumplir los plazos de ley, por cada día de “retraso irrazonable” en el trámite de la patente, se entregará un día calendario adicional de protección a la invención, contados a partir del último día de vigencia de la patente. Es decir, la compensación es de 1 un día de protección adicional por 1 día de retraso irrazonable.”

Según la Ministra de Comercio Industria y Turismo, Cecilia Alvarez, “El Gobierno está comprometido con la innovación como una de sus locomotoras de desarrollo, y por eso también queremos impulsar la investigación, factor indispensable para que los colombianos creen más invenciones”

El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo indicó que “este Decreto refuerza la protección que hoy tienen los inventores en nuestro país. Obviamente, si como autoridad seguimos dando una respuesta pronta a los inventores, nunca habría necesidad de aplicar las compensaciones que trae el nuevo Decreto. No obstante, y ojalá eso nunca ocurra, si bajamos la guardia y volvemos por el sendero de la lentitud en la tramitación de las patentes, el Decreto se constituye en una garantía adicional de protección a los inventores, tanto nacionales como extranjeros”.

La medida beneficiará principalmente a empresarios, universidades, investigadores e innovadores, que han invertido tiempo y recursos económicos en desarrollos científicos, blindándolos frente a eventuales retrasos injustificados en la concesión de la patente.

Consulte el Decreto completo en:  http://www.sic.gov.co/drupal/sites/default/files/normatividad/Decreto_1873_2014.pdf

Fuente: http://www.sic.gov.co/drupal/noticias/mas-proteccion-juridica-a-los-inventores-en-materia-de-patentes