Tras la solicitud presentada por Redepagos ante la SIC frente al signo “Yo” con el fin de distinguir productor farmacéuticos, dietéticos y naturistas para la salud, la productora de alimentos y derivados lácteos Alpina, presento oposición al considerar la existencia de riesgo de confusión con sus marcas Yox Alpina, Alpina Yox con Defensis e incluso con la obra artística de Nohorah Christina Wells Montgomery titulada Defensitos, con base en el artículo 136 literal f) de la Decisión 486 de la CAN.
Redepagos respondió argumentando que el signo solicitado no es confundible con las marcas mencionadas por Alpina, y respecto a la obra, menciono que el signo solicitado está lejos de parecerse a esta.
La SIC, a través de la Dirección de Signos Distintivos, tras un cotejo entra las marcas mixtas y denominativas, encontró que el signo solicitado se encontraba incurso en la causal de irregistrabilidad del artículo 136 literal a de la decisión 486 de la CAN, según la cual, no podrán ser registrados aquellos signos que sean idénticos o se asemejen a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero.
Menciona además, que al cotejar los signos, se ve una reproducción casi total de la marca registrada con anterioridad en relación con la solicitada, con la única distinción de la letra X, con lo cual es evidente el riesgo de confusión.
Para la Dirección, si bien los productos están en clases diferentes, algunas farmacéuticas también comercializan suplementos dietarios multivitamínicos similares a las características del producto de la opositora por lo cual no concede la marca.
Respecto al argumento sobre la similitud y posible vulneración de la obra artística de Nohorah Christina Wells Montgomery titulada Defensitos, la Entidad considero que el articulo 136 literal f), no aplica al no constituirse en una reproducción total.
Frente a la decisión de la SIC, Redepagos presento recurso de apelación, por considerar que la entidad fracciono los signos opositores, teniendo en cuenta únicamente la palabra Yox y no el conjunto.
No obstante, la SIC, mantuvo la decisión.