El Parlamento Europeo ha dado el visto bueno al uso exclusivo de la denominación «sangría» para identificar la bebida producida en España y Portugal.

Para los demás Estados miembros el término «sangría» solo podrá utilizarse como complemento de la denominación «bebida aromatizada a base de vino», seguida obligatoriamente del país de procedencia.

La votación que aprobó la iniciativa fue de  609 votos a favor, 72 en contra y 4 abstenciones a la propuesta, incluida en la nueva normativa sobre el etiquetado y la protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados.

La legislación, sobre la que ya había un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo, defiende que se puedan aplicar «disposiciones particulares» en el caso de los productos tradicionales, como la sangría.

El objetivo de la decisión es proteger el término sangría, originario de España y Portugal, y circunscribir su uso en otros Estados miembros a la información complementaria o facultativa del producto.

Los Estados miembros tendrán un plazo de un año para aplicar la nueva norma, que también circunscribe a España el uso de la denominación «clarea».

Para el eurodiputado socialista  Andrés Perelló, «no se trata de impedir que nadie fabrique este tipo de vinos aromatizados allá donde se quiera, pero a partir de ahora nuestros sectores tradicionales gozarán de la seguridad jurídica que les da la denominación exclusiva para España y Portugal».

El nuevo reglamento no solo actualiza las denominaciones de venta y las adapta a la normativa sobre información al consumidor, sino que además adecúa las normas a los requisitos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), define los criterios de reconocimiento de las indicaciones geográficas y establece reglas para las ya existentes.

Fuente: http://www.rtve.es/noticias/20140114/denominacion-sangria-sera-solo-para-bebida-producida-espana-portugal/849060.shtml