La Corte Suprema de EE.UU. decidió eliminar el abstraccionismo patentario frente a patentes de software al considerar inválidas aquellas que se sustenten en ideas abstractas. De modo que ahora deberán proponer mejoras concretas y especificas.
A las prácticas penalizadas en Derecho Patentario como son la de los “patent pools” y la de los “patent trolls”, debe adicionarse el abstraccionismo como una practica antisocial respecto del derecho de patentes.
“Se trata de prácticas en las que ciertas empresas se dedican a registrar patentes cuyo aporte inventivo es difuso, podríamos decir que incluso indefinido, sumido en un halo de abstracción que permite a sus creadores esgrimirlas contra terceros de buena fe que ven obstruidas, incluso impedidas, sus vías de investigación y desarrollo tecnológico al toparse con el obstáculo que suponen este perverso tipo de patentes registradas.”
Es así como la decisión de la Corte Suprema de los EEUU, fija un precedente para casos futuros, en detalle , a raíz del caso donde se determinó la invalidez de patentes desarrolladas sobre sistemas bancarios las cuales carecían de un desarrollo concreto, amparándose en una idea abstracta.
Lo anterior, versa sobre la disputa entre Alice Corp y CLS Bank, donde Alice Corp demandó a CLS Bank por una serie de patentes centradas en un sistema ideado para reducir el riesgo de liquidación en transacciones financieras mediante la creación de “cuentas fantasma”.
“El asunto enjuiciado se reduce a que básicamente la patente se limita a recoger la descripción superior. Esto es, un mero organigrama de un procedimiento y no el esperado desarrollo de un software en concreto, por lo que CLS Bank solicitó que se declararan inválidas las patentes, afirmando que la idea básica era obvia y que las patentes no eran nada más que un procedimiento genérico de un software inexistente.
Alice Corp. quiso probar que sus patentes eran más de una idea señalando los procedimientos específicos que debía realizar un software, pero la Corte encontró que estos procesos se limitaban a “…plantear una idea abstracta añadiéndole las palabras “ejecutadas en un computador”. O sea, simplemente recita el concepto de un procedimiento intermedio realizado por un computador genérico que, por ejemplo, no pretende mejorar el funcionamiento del computador en sí mismo ni realizar una mejora en ningún otro campo tecnológico o técnico”.
El caso dirimido tiene su importancia, pues aunque no cierra las puertas a la abstracción en la descripción de las ideas en las patentes de software, sí al menos ahora exigirá unos mínimos en la definición y concreción que permitan el desarrollo de procedimientos técnicos concretos y perfectamente definidos que realmente aporten mejoras constatables, o nuevas creaciones, y no sólo complementos a procedimientos ya existentes.